Resumen del Artículo Disposición transitoria segunda

Artículo Disposición transitoria segunda del Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha. (codigo) — Disposición transitoria segunda. Hasta que se apruebe la estructura del Instituto de Ciencias de la Salud de Castilla-La Mancha sus funciones serán desarrolladas por el Centro Regional de Salud Pública.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición transitoria segunda.

Hasta que se apruebe la estructura del Instituto de Ciencias de la Salud de Castilla-La Mancha sus funciones serán desarrolladas por el Centro Regional de Salud Pública.

Norma publicada: 30 de noviembre de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria segunda

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria segunda?

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